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Madrid prohibirá la llama viva en restaurantes y discotecas tras el incendio de Burro Canaglia

La Comunidad de Madrid prohibirá la llama viva en restaurantes y discotecas tras los incendios de Burro Canaglia y Crans Montana. La medida se incluye en la Ley LIDER.

Carmen ReyesCarmen Reyes· · 4 min de lectura

El Consejo de Gobierno ha aprobado el anteproyecto de la Ley LIDER, que incluye la prohibición de llama viva, bengalas y fuego abierto en zonas de público de bares y discotecas. La medida responde a la tragedia del restaurante Burro Canaglia en 2023 y al incendio de Crans Montana.

La Comunidad de Madrid ha dado el primer paso para vetar el uso de llama viva en restaurantes, discotecas y otros locales de ocio. El Consejo de Gobierno aprobó este miércoles el anteproyecto de la Ley de Impulso y Desarrollo Equilibrado en la Región (LIDER), un texto de 327 artículos que, entre otras cuestiones, modifica la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (LEPAR) para prohibir el fuego abierto en zonas cerradas accesibles al público.

La iniciativa, que el Ejecutivo regional espera ver aprobada en la Asamblea de Madrid antes de que acabe el año, surge tras dos tragedias recientes. El 21 de abril de 2023, un incendio originado por una pizza flameada en el restaurante Burro Canaglia, en la plaza de Manuel Becerra de la capital, causó la muerte de tres personas. La rápida propagación de las llamas, favorecida por la abundante decoración vegetal de plástico, evidenció la necesidad de endurecer las normas de seguridad.

El pasado 31 de diciembre, otro suceso conmocionó a la opinión pública: más de 40 personas fallecieron en el incendio del bar Le Constellation, en la estación de esquí suiza de Crans Montana, provocado por una bengala encendida en una botella de champán. El consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, Carlos Novillo, reconoció que estos episodios han pesado en la decisión del Gobierno regional.

La prohibición afectará a las zonas de público de los establecimientos de hostelería y ocio, como los comedores de los restaurantes o las pistas de baile de las discotecas. Quedan excluidas las cocinas, instalaciones industriales y otros espacios expresamente autorizados que cumplan la normativa de prevención de incendios. La nueva norma vetará el uso de llama viva, fuego abierto, bengalas, velas, dispositivos pirotécnicos, flameados y cualquier otro elemento que produzca combustión en dichas áreas.

La medida recoge, en parte, una de las alegaciones presentadas por la Federación Regional de Asociaciones de Vecinos de Madrid (FRAVM) durante el trámite de audiencia e información pública de la LIDER. La entidad vecinal, que se ha mostrado muy crítica con el proyecto legislativo en su conjunto, propuso prohibir cualquier actividad que permita el uso de llama viva o fuego abierto en zonas cerradas accesibles al público, salvo en cocinas o instalaciones autorizadas.

No obstante, la FRAVM considera que la modificación de la LEPAR no debería haberse incluido en una ley de carácter urbanístico como la LIDER, sino que debería ser objeto de una norma específica. A pesar de ello, el Ejecutivo regional ha optado por aprovechar el trámite parlamentario de la LIDER para introducir estos cambios, argumentando que la seguridad de los ciudadanos es una prioridad.

El anteproyecto de la LIDER, que ahora inicia su camino en la Asamblea de Madrid, no solo aborda la seguridad en locales de ocio. La ley, presentada como uno de los proyectos estrella de la legislatura, pretende agilizar la tramitación urbanística y acelerar la construcción de vivienda. Entre otras novedades, sustituye los actuales Planes Generales de Ordenación Urbana por Planes Estratégicos Municipales, de aprobación más rápida, y reduce a tres categorías la calificación del suelo.

La prohibición de la llama viva en restaurantes y discotecas supone un cambio significativo para el sector hostelero, que deberá adaptar sus prácticas y equipamientos. Los establecimientos que utilicen velas, bengalas o flameados en sus espectáculos o servicios deberán buscar alternativas seguras, como iluminación LED o efectos especiales que no impliquen combustión. La normativa también afectará a celebraciones como cenas de Nochevieja o eventos privados donde se emplean bengalas.

La Comunidad de Madrid confía en que la nueva ley esté en vigor antes de finales de 2026, una vez superado el trámite parlamentario. El Gobierno regional ha subrayado que la medida busca evitar nuevas tragedias y mejorar la seguridad de los ciudadanos en los espacios de ocio. Mientras tanto, el incendio del Burro Canaglia sigue siendo objeto de investigación judicial, y el de Crans Montana ha dejado una profunda huella en la conciencia colectiva.

Para los vecinos de la Comunidad de Madrid, la prohibición supondrá una mayor tranquilidad al acudir a restaurantes y discotecas, aunque también implicará cambios en la oferta de ocio. Los hosteleros deberán estar atentos a los plazos de adaptación que establezca la ley una vez aprobada, y la FRAVM seguirá vigilante para que la medida se aplique con rigor.

Carmen Reyes

Escrito por

Carmen Reyes

Redactora jefe

Periodismo por la Complutense y más de quince años pisando moqueta institucional. Cafés dobles, agenda infinita y cero paciencia para la palabrería; dirige la redacción de Madrid Red y coordina la cobertura de política y sociedad.