El Gobierno regional ha aprobado la Ley 5/2026, que permite considerar al concebido no nacido como un hijo más a la hora de acceder a beneficios y servicios públicos. La medida, impulsada tras una reivindicación de la Asociación de Familias Numerosas de Madrid, busca aliviar la carga económica de las familias durante el embarazo.
La Comunidad de Madrid ha dado un paso pionero al aprobar la Ley 5/2026, de 7 de julio, que reconoce al concebido no nacido como un miembro más de la unidad familiar a efectos de acceder a ayudas, beneficios y servicios públicos autonómicos. La norma, que ya está en vigor, permite que el feto sea tenido por nacido cuando esa consideración genere un mayor beneficio para la familia, la madre gestante o alguno de sus miembros.
Un certificado de 'familia asimilada a numerosa' desde la semana 14
Una de las novedades más destacadas es la creación del certificado de familia asimilada a familia numerosa durante el embarazo. Las madres gestantes podrán solicitarlo a partir de la semana 14 de gestación, presentando un informe médico reciente (emitido en los cinco días hábiles anteriores a la solicitud) que acredite la semana de gestación y la fecha prevista de parto.
Este certificado permitirá a las familias acceder a los mismos beneficios que las familias numerosas, como descuentos en transporte, educación o actividades culturales. Además, en los embarazos múltiples se contará a cada uno de los concebidos, lo que puede suponer un salto de categoría (de general a especial) para muchas familias.
El cómputo del concebido en la renta per cápita y otros beneficios
La ley también contempla que el concebido sea computado para calcular la renta per cápita de la unidad familiar, sin exigir una semana mínima de gestación. Esto puede beneficiar a las familias en la concesión de becas, ayudas sociales o procedimientos sujetos a límites de renta. Asimismo, se aplicarán determinados beneficios fiscales autonómicos previstos para las familias numerosas, como deducciones en el IRPF.
La Asociación de Familias Numerosas de Madrid (AFNM) ha celebrado la aprobación de la ley, que responde a una reivindicación que la entidad llevaba años defendiendo. Su presidenta, María Menéndez, recordó que la asociación promovió un recurso contencioso-administrativo contra el Ayuntamiento de Madrid por no considerar al concebido como tercer hijo en la baremación de plazas en escuelas infantiles municipales.
“Ganamos aquel procedimiento, que puso de manifiesto la injusticia de obligar a las familias a esperar al nacimiento para que la Administración reconociera una situación que ya existía durante el embarazo”, señaló Menéndez.
La medida, aplicable también por los ayuntamientos madrileños
La ley no solo afecta a la Administración autonómica, sino que también abre la puerta a que los ayuntamientos de la Comunidad de Madrid apliquen este reconocimiento en sus propias ayudas, servicios y procedimientos. No obstante, cada entidad local deberá regularlo mediante su propia normativa.
Menéndez subrayó que esta ley debe entenderse como “una pieza dentro de una política mucho más amplia de protección y promoción de la familia”. La asociación espera que la medida sirva de modelo para otras comunidades autónomas, para evitar desigualdades territoriales.
“No sería justo que una familia pudiera ser reconocida como asimilada a numerosa durante el embarazo en una comunidad y, en otra, se viera obligada a esperar al nacimiento para acceder a derechos equivalentes”, advirtió.
Por el momento, las familias madrileñas que estén esperando un hijo y quieran beneficiarse de esta ley deberán solicitar el certificado médico y presentarlo ante la administración correspondiente. La norma ya está en vigor, aunque su desarrollo reglamentario, especialmente en lo relativo a la tramitación del título de familia numerosa, se espera en los próximos meses.
¿Desde cuándo puedo solicitar el certificado de familia asimilada a numerosa en Madrid?
Se puede solicitar a partir de la semana 14 de gestación, presentando un informe médico emitido en los cinco días hábiles anteriores.
¿Qué beneficios obtengo con el certificado de familia asimilada a numerosa?
Permite acceder a los mismos beneficios que las familias numerosas, como descuentos en transporte, educación y actividades culturales, así como beneficios fiscales autonómicos.
¿El concebido cuenta para la renta per cápita en ayudas autonómicas?
Sí, la ley permite computar al concebido para calcular la renta per cápita sin exigir una semana mínima de gestación, lo que puede beneficiar en becas y ayudas sujetas a límites de renta.

